Hablamos con el doctor Joaquín Llácer, ginecólogo especialista en reproducción asistida y director médico de Ginefiv, sobre los aspectos sociales y éticos del uso de técnicas de reproducción asistida, temáticas que surgieron cuando se empezó a investigar en esta área, y tras el nacimiento de la primera bebé nacida gracias a estas técnicas, en 1978. El creador de la fecundación in vitro, Robert Edwards, fue reconocido con el Premio Nobel de Medicina en 2010.
En España, en 2006 se publicó la Ley de Reproducción Asistida, que regula la práctica de los distintos tratamientos, la actuación de los profesionales sanitarios y contempla todos los posibles casos, adaptándose a los avances y descubrimientos científicos, para que todas las personas puedan hacer uso de estas técnicas de manera legal. Esta ley es de las más completas y permisivas de la Unión Europea, recoge los requisitos y necesidades para someterse a un tratamiento, pero no establece una edad límite, aunque las clínicas de fertilidad la sitúan sobre los 50 años en la mujer, que suele coincidir con el inicio de la menopausia.
La Comunidad de Madrid ha ampliado recientemente la edad a la que una mujer se puede someter a un tratamiento de fertilidad, situándola en los 45 años en mujeres y 55 en hombres; en Galicia los tratamientos de fertilidad se realizan hasta los 43 años y en Asturias hasta los 42, pero el resto de las comunidades siguen los criterios del Ministerio de Sanidad, limitándola a los 40 años.
La edad es uno de los principales dilemas a los que se enfrentan los especialistas, indica el doctor Llácer, ya que hay mujeres que acuden a las clínicas con más de 50 e incluso 60 años. La ley es explícita en cuanto a que las técnicas de reproducción asistida se realizarán únicamente cuando haya posibilidades razonables de éxito y no supongan ningún riesgo grave para la salud física o psíquica de la mujer, que tiene que haber sido informada previamente